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Nuevo Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia

mediador familiar Ministerio de Justicia

El Ministerio de Justicia ha abierto un Registro de Mediadores en el que se encuentran inscritos los profesionales debidamente acreditados y con la experiencia suficiente para llevar a cabo un proceso de mediación con garantías.

Buscador de Mediadores del Ministerio de Justicia:

http://remediabuscador.mjusticia.gob.es/remediabuscador/RegistroMediador

El proceso de mediación empieza con una primera sesión informativa. Ésta es fundamental porque en ella se explican a los familiares en qué consiste la mediación así como el papel que jugarán ellos mismos y el mediador, las reglas que han de seguirse en el proceso y qué pueden esperar de él. Es en esta primera sesión en la que las partes deciden optar por la mediación o no y en la que conocen el potencial beneficio que puede proporcionarles.

Las características de la mediación son:

Es un proceso de resolución de conflictos autocompositivo, es decir, en el que la solución la aportan las partes, no un tercero ajeno a ellos como en un Tribunal o en un Arbitraje. Son las personas afectadas quienes gestionan y solucionan sus diferencias.

Es un proceso voluntario que deciden iniciar las partes y que en cualquier momento pueden interrumpir, tanto las partes en conflicto como el mediador si considera que no hay posibilidad de avanzar o si entran en juego factores que no permiten que siga el proceso mediador.

Es un proceso flexible, porque son las personas que están en él quienes le dan forma a diferencia del formalismo de otras formas de resolver conflictos, en los que alguien que no conoce a las partes determina su funcionamiento y soluciona la situación problema externamente.

Es un proceso en el que prima un clima de confidencialidad, que se manifiesta en que el mediador no podrá ser llamado a declarar en caso de que la mediación finalice y se inicie un proceso judicial, salvo que sea llamado por el Juez en el caso de un proceso penal. Tampoco las partes podrán revelar fuera del ámbito de la mediación la información allí obtenida, lo que facilita una apertura de la comunicación que enriquecerá la gestión para una solución del problema más adecuada para todas las partes.

En este proceso existe una persona ajena al conflicto que tenderá a propiciar la comunicación y el acuerdo entre las partes, el mediador, que no tiene poder ninguno sobre las partes y que no decide absolutamente nada, salvo el orden del día, el ritmo de las sesiones y la leve estructura externa del proceso mediador.

Es cuando la terapia de pareja ha finalizado y la separación la mejor opción que han valorado las partes cuando la mediación familiar puede ayudar a gestionar el paso hacia el nuevo marco elegido por los padres pero sufridos por todos los integrantes del núcleo familiar.

No te divorcies de un desconocido.

Escrito por Raúl Padilla Mediador familiar del Ministerio de Justicia

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